Micelio
Auto30 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante --·Demandado Ramirez Serna David Felipe

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Elemento Funcional Del Fuero Penal Militar-Investigación Penal Adelantada Contra Patrullero De La Policía Nacional Por La Presunta Comisión Del Delito De Homicidio Con Ocasión A Operativo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 022 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cali y el Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar, ocasionado por una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, posible miembro de la Policía Nacional, por el presunto delito de homicidio, en hechos ocurridos en Santiago de Cali.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis para verificar los elementos constitutivos del fuero penal militar.

Se cumple el elemento subjetivo pues se tiene que, para el momento de los hechos, el procesado era miembro activo y en servicio de la Policía Nacional.

En cuanto al elemento funcional, para la Sala no es claro si fue el procesado quien, en efecto, disparó el arma de fuego y, si ese fue el caso, lo hizo para contener una amenaza en su contra o respecto de sus demás compañeros de la operación.

No estaba prevista la activación de las armas de fuego, sino no letales, y los policiales involucrados afirman de manera uniforme y coincidente no haber encontrado amenaza en la zona que ameritara su uso, dada la ausencia de personas con armas de fuego en el lugar.

En todo caso, pese a que la presunta conducta del procesado tuvo ocasión en el marco de una operación policial, para contener una riña, no está claro que el delito del que fue acusado sea propio de la función policial.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 022 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cali y el Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar de Cali, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria penal, representada por el Juzgado 022 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cali, es la autoridad competente para continuar el proceso en contra de David Felipe Ramírez Serna por el delito de homicidio.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6161 al Juzgado 022 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales, intervinientes y demás interesados en el proceso penal correspondiente, como también al Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar de Cali.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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